¿CÓMO RECUPERAR UNA PROPIEDAD ARRENDADA?

1.- Lo primero, siempre será consultar a un abogado, ya que, el hogar es inviolable y el arrendatario tiene su hogar en la propiedad arrendada.

2.- Lo anterior no significa que el dueño del inmueble (arrendador) deba soportar que no se pague el arriendo o, que se destruya el inmueble.

3.- En los casos anteriores se debe consultar a un abogado para que inicie un juicio, para sacar al arrendatario que no paga o que incumple el contrato de arrendamiento.

4.- Por lo anterior, siempre, será conveniente que el contrato de arriendo sea redactado por un abogado.


¿CUÁLES SON MIS DERECHOS LABORALES SIN CONTRATO DE TRABAJO ESCRITO?

1.- Lo importante tratándose de un trabajador, es decir, una persona que presta servicios para otra sometida a control y recibiendo ordenes; es que, la relación laboral existe independiente de la escrituración de un contrato de trabajo.

2.- Ahora la existencia de la relación laboral debe probarse y actualmente puede probarse por cualquier medio de prueba.

3.- En cuanto a las estipulaciones del contrato, cuando no hay contrato escrito, existe una presunción en el Código del Trabajo que indica que se presumen ciertas las condiciones que señale el trabajador.


¿QUÉ ES LA POSESIÓN EFECTIVA?

1.- En palabras sencillas, es un trámite que debe hacerse para que la ley reconozca a los herederos como continuadores del difunto (la ley le llama causante), en sus bienes.

2.- Dicho trámite sirve para poder obtener o vender bienes del fallecido, por ejemplo: Para que un Banco entregue los dineros que el causante tenía en depósito.

3.- Pero la posesión efectiva se tramita generalmente para vender un inmueble por parte de los herederos.


¿QUÉ HACER SI UN PARIENTE CAE EN DEMENCIA?

1.- Generalmente, las personas con el transcurso del tiempo pueden padecer enfermedades mentales, que las van a inhabilitar para manifestar su voluntad en el ámbito comercial y personal.

2.- Si ese es el caso, el enfermo mental no podrá cobrar su pensión, vender inmuebles u otros bienes, pues, la entidad previsional y el notario pueden negarse a pagar la pensión o autorizar dichos contratos.

3.- En esos casos, se hace indispensable tramitar una interdicción, que es, el nombre que toma el trámite o juicio mediante el cual se inhabilita a una persona y se le designa a un curador, es decir, alguien que actúe por él.

4.- Existen dos formas de conseguir estas interdicciones:

a) Mediante un trámite que no es un juicio, pero tiene etapas, para ello es necesario que se acredite la demencia ante una institución estatal y luego se haga una presentación judicial.


¿QUÉ SON LOS ALIMENTOS?

1.- En términos simples los alimentos son un derecho y, una obligación. Es un derecho para aquellas personas que deben ser mantenidas por otras que son obligadas a ello.

2.- Tienen derecho a alimentos en general:

a) Los descendientes (hijos, nietos, bisnietos; etc.).

b) Entre Cónyuges (marido y mujer).

c) Los ascendientes (padres, abuelos; etc.).

3.- En los casos anteriores los asignatarios de alimentos deben estar en condiciones de recibirlos, es decir, que necesiten de dicha asignación para sobrevivir o estudiar.

4.- El caso más importante es el de los hijos, a quienes se les debe alimentos hasta la mayoría de edad (18 años), en caso que luego de los 18 años estudien se les deben alimentos hasta que terminen un oficio o profesión; siendo el límite los 28 años.